Mediante el formulario de abajo puedes mandarle un e-mail a las personas de las listas de al lado.

 Estos son a nuestro entender los que deben informarnos o en su caso los responsables directos o indirectos de la instalación del aeropuerto.

 Además de tu e-mail se les adjuntará el manifiesto de la plataforma. Este e-mail también te llegará a ti para confirmar que ha llegado.

 También puedes bajarte estos modelos de petición de información al Conserjero de transportes e infraestructuras de la Comunidad de Madrid Manuel Lamela y a la Consejera de medio ambiente y ordanación del territorio Beatriz Elorriaga de la Comunidad de Madrid. Estos modelos los puedes registrar en la ventanilla única de tu ayuntamiento, y la administración tiene la OBLIGACIÓN de responder.

Otra posibilidad es pedir ayuda al Defensor del Pueblo.

Lo que dice la legislación al respecto al de derecho a la información

 LEY 38/1995, DE 12 DE DICIEMBRE, SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE BOE 297, DE 13-12-95

 2. Ámbito de aplicación.

 1. “.....queda comprendido en el derecho de acceso a la información sobre el medio ambiente toda información disponible por las Administraciones públicas bajo cualquier forma de expresión y en todo tipo de soporte material, referida:

   a) Al estado de las aguas, el aire, el suelo y las tierras, la fauna, la flora y los espacios naturales, incluidas sus interacciones recíprocas, así como a las actividades y medidas que hayan afectado o puedan afectar al estado de estos elementos del medio ambiente.

  b) A los planes o programas de gestión del medio ambiente y a las actuaciones o medidas de protección ambiental.”

 5. Soporte material de la información.

 1. Las Administraciones públicas suministrarán la información sobre medio ambiente que les haya sido requerida en el soporte material disponible que el solicitante haya elegido.

 LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 4/1999, DE 13 DE ENERO.

 Artículo 31. Concepto de interesado.

 1. Se consideran interesados en el procedimiento administrativo:

  a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.

  b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.

  c) Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.

 2. Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales, serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca.

 3. Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derechohabiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento.

La Plataforma no se responsabilizará de los comentarios que se envíen.

GOBIERNO DE ESPAÑA

Presidente: Jose Luis Rodriguez Zapatero

Ministerio de Economia y Hacienda

Ministerio de Fomento

Oficina de Información y Atención al Ciudadano del Ministerio de Sanidad y Consumo

COMUNIDAD DE MADRID

Presidenta de la Comunidad de Madrid

Atención al ciudadano

NAVALCARNERO

Alcalde: Baltasar Santos

Secretaría

Urbanismo

Juventud

Deportes

Cultura y Teatro

Servicios Sociales

Mujer

Desarroyo

Tercera Edad

EL ÁLAMO

Alcalde: Jesús Arribas Yuste

Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente

Infancia, Juventud y Cultura

Educación, Industria, Comercio y Deportes

Hacienda, Servicios Públicos y Obras

Bienestar Social, Tercera Edad y Mujer

Sanidad y Transportes

ARROYOMOLINOS

Secretaría

Información y seguridad

Participación ciudadana

CASARRUBIOS DEL MONTE

Ayuntamiento

OTROS

PP Europa

PP Congreso

PP Asamblea de Madrid

PP Navalcarnero

PP El Álamo

9 Abril, 2008
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CIBERACCIÓN DE ¡¡NO AL AEROPUERTO!!

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 Vivo en la urb. Calypo de Casarrubios del Monte desde hace doce años, compensando de alguna manera la escasez de servicios publicos con la tranquilidad del lugar. Al conocer por los medios de comunicacion la construccion del aeropuerto tan cerca de mi vivienda, mi preocupacion es muy grande, y mas cuando no se informa al ciudadano del impacto ambiental y sobre la salud que evidentemente se producira.
  Creo sinceramente que a este aeropuerto no se le podria catalogar como de interes general, sino que mas bien cubrira intereses particulares que afectaran de manera importante en la salud y bienestar de mi familia.
  Quisiera aprovechar la ocasion para informales sobre lo que realmente es de interes general en la zona sur de Madrid y norte de Toledo:
- La RENFE para acceder diariamente al trabajo, puesto que cada dia es mayor el tiempo que nos lleva acceder por carretera a la estacion de RENFE mas cercana.
- Y en el caso de la zona norte de Toledo, tener mas accesible un centro hospitalario, puesto que el que tenemos, esta a unos 65 Kilometros y sin servicio publico de transporte.

Nota: Esta nota y el texto de arriba estan intencionadamente sin acentos ortograficos.

Muchas gracias.

A.F.L.

Calypo, 30/12/2007

Por el derecho que me asiste solicito la información que exista sobre el proyecto de contrucción de un aeropuerto en el suroeste de Madrid y del informe de impacto ambiental.

L.C.V

El Álamo, 28/12/2007

 

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